- Fecha de Publicación: 29-10-2012
SE ACUERDA SUPRIMIR parte del último párrafo del artículo 83° de la Ordenanza Regional N° 004-2004-CR/GRM, quedando su texto en los siguientes extremos:
"Los Proyectos Especiales Regionales son organismos creados por el gobierno regional con aprobación del Consejo Regional o transferidos del Gobierno Central".