AR TICULO PRJJMERO:EXHORTARa la autoridad marítima nacional de la dirección regional de capitanía y guardacostas el cumplimiento de la ley Nº 26856 que indica que las playas son bienes de uso público, inalienables e imprescriptibles en una franja no menor de 50 metros de ancho paralela a la línea de alta marea.