ARTICULO PRIMERO.- DECLARESE, de necesidad Regional la Descentralización de las Oficinas Desconcentradas en las Zonas Limítrofes de territorio Regional de Moquegua.
ARTICULO SEGUNDO.- ENCÁRGUESE a la Gerencia General Regional y a la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial, para que en el marco de sus competencias y funciones realicen las acciones necesarias para la descentralización de las oficinas descentralizadas en las Zonas Limítrofes de territorio Regional de Moquegua.
ARTICULO TERCERO.- COMUNICAR, el presente Acuerdo de Consejo Regional al Ejecutivo y a las instancias correspondientes, disponiendo su publicación en el portal web del Gobierno Regional Moquegua.