ARTICULO PRIMERO.- EXHORTAR al Gobernador Regional de Moquegua, que por su intermedio se instruya al Gerente General Regional y Jefe de la Oficina Regional de Administración, a
efectos de que los requerimientos de Bienes y Servicios u Obras menores u Obras a 8 UIT se realicen en forma VIRTUAL reactivando el programa implementado en el periodo 011-2014. medida esta que debe ser extensiva a todas la Unidades Ejecutoras dependientes del Gobierno Regional de Moquegua.