- Fecha de Publicación: 15-11-2019
ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR, de Interés Público Regional la conservación del Área Natural protegida o zona intangible el Rio Asana, sus afluentes: Huay/lane, Altarane, Samanape, Huancanane, Capillune; asimismo, los Riachuelos: Sarallenque y Mil/une; y sus, Manantiales: Chatacuane, Coline, Chinchine, Patoco, Senegune, La Quiula, Chinigune, Veladero, Salveane, Neurona, Pajarito, Valedero Alto, Regadero, Quinsuta, Ticuta, Carbonera, Culuyo, Larampahuani, Vizcachune, Samanapito, Potrero Largo, Majada Blanca, Millo, la Calera, Cocotea, Huacho; entre otros, que se encuentran ubicados en todo el perímetro de la mina Quellaveco, por ser cabecera de cuenca del Rio A sana del Distrito de Torata y demás fuentes protegidas de la Región Moquegua.