- Fecha de Publicación: 14-09-2021
ARTÍCULO PRIMERO. - DECLARAR como producto bandera emblemático de la región Moquegua, a la Lima de Olor de Omate, para que forme parte de los productos bandera de la región Moquegua.
ARTÍCULO PRIMERO. - DECLARAR como producto bandera emblemático de la región Moquegua, a la Lima de Olor de Omate, para que forme parte de los productos bandera de la región Moquegua.