- Fecha de Publicación: 04-02-2021
ARTICULO PRIMERO.- EXHORTAR al Gobernador Regional de Moquegua, para que en el plazo de treinta (30) días hábiles se liquiden las 1.0.A.R.R. y Proyectos de Inversión Pública en ejecución.
ARTICULO PRIMERO.- EXHORTAR al Gobernador Regional de Moquegua, para que en el plazo de treinta (30) días hábiles se liquiden las 1.0.A.R.R. y Proyectos de Inversión Pública en ejecución.