ARTÍCULO PRIMERO.-DECLARAR PROCEDENTE el reconocimiento de Crédito Devengado y reconocido por el pago de la deuda por bonificación diferencial a favor del SERVIDOR ABOG. RILMER ELIAS TICONA MAMAN 1, y se efectúe el 1er abono como pago a cuenta del importe de S/. 23,206.96, quedando un saldo por pagar de S/.20, 109.56 soles. En mérito a las consideraciones expuestas en la presente Resolución, contando con Informes favorables de reconocimiento de crédito devengado por parte de la Sub Dirección y Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo Moquegua y contando con Informe de disponibilidad presupuesta! corresponde emitir Acto Resolutivo.