DESESTIMAR, por infundado el recurso de apelación interpuesto por doña Enriqueta Gladys Velásquez , en contra de la Resolución Directoral Regional Nº 167-2012-DRSM-DG y en aplicación del literal b) del Art. 218.2 de la Ley Nº 27444 concordante con el Art. 41 de la Ley Nº 27867, se debe declarar agotada la vía administrativa.